Actualizado a fecha 11/04/2022
El Boletín Oficial del Estado ha publicado la Resolución de Red.es por la que se convocan las primeras ayudas destinadas a la digitalización de empresas de entre 10 y 49 empleados. La primera línea de ayudas cuenta con un presupuesto de 500 millones de euros y tiene por finalidad mejorar la competitividad y el nivel de madurez digital de las pequeñas empresas.
Desde el 15 de marzo se puede solicitar la primera de las convocatorias, dirigida a empresas de 10 a 49 personas empleadas, que podrán acceder hasta a 12.000 euros. Para el resto de pyme (menos de 10 empleados) y autónomos, se publicarán convocatorias para acceder al Kit Digital a lo largo de 2022, hasta alcanzar los 3.000 millones previstos en el Plan de Recuperación.
¿Qué es el Kit Digital?
Programa de ayudas impulsado por el Gobierno de España para promover la digitalización de pequeñas empresas, microempresas y autónomos, para contribuir a modernizar el tejido productivo español.
Más info aquí.
¿En qué consiste?
Es una ayuda económica para financiar una solución tecnológica para tu negocio, que se pagará a la empresa que te preste el servicio o te venda el producto.
¿Ya puedes solicitar esta ayuda?
A partir del 15 de marzo pueden solicitar la ayuda pequeñas empresas entre 10 y hasta 49 trabajadores y podrán recibir un máximo de 6.000 euros para canjear por una de las soluciones tecnológicas propuestas por los agentes digitalizadores.
¿A quién va dirigido?
Las soluciones digitales que proporciona el Kit Digital están orientadas a las necesidades de las pequeñas empresas, microempresas y trabajadores autónomos, que pertenezcan a cualquier sector o tipología de negocio.
Puedes consultar más información en la página web.
Requisitos:
- Ser una pequeña empresa, microempresa o autónomo.
- Cumplir los límites financieros y efectivos que definen las categorías de empresas.
- Estar en situación de alta y tener la antigüedad mínima que se establece por convocatoria.
- No tener consideración de empresa en crisis.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
- No estar sujeta a una orden de recuperación pendiente de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal incompatible con el mercado común.
- No incurrir en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- No superar el límite de ayudas minimis (de pequeña cuantía).
¿Qué tienes que hacer?
- Regístrate en www.acelerapyme.es y completa el test de autodiagnóstico. De esta forma, sabrás qué nivel de digitalización tiene tu empresa/comercio para poder ayudarte mejor y recomendarte servicios ajustados a tus necesidades.
- En la página web www.acelerapyme.es encontrarás un catálogo de soluciones digitales. Podrás escoger una o varias de las que ofrecen los agentes digitalizadores, que se adapten a las necesidades de tu negocio.
- Una vez hayas identificado la solución que necesitas podrás solicita la ayuda Kit Digital en la sede electrónica de Red.es (sede.red.gob.es), completando todos los pasos del formulario.
- Cuando la ayuda que solicitaste sea concedida decide con qué agente digitalizador quieres desarrollar tu solución digital. Estarán disponibles en el catálogo de la web.
- Contacta con el/los agentes digitalizadores que has elegido, suscribe el acuerdo de prestación de soluciones digitales y comienza tu cambio digital.
¿Qué tipo de productos y/o servicios subvenciona el bono del Programa Kit Digital?
- Sitio web y presencia en internet. Creación de una web o prestación de servicios para dar visibilidad a la misma en buscadores y otros sitios destacados.
- Comercio electrónico. Creación de sitio web o apartado para vender los productos de la compañía.
- Gestión de redes sociales. Apoyo a la promoción del negocio en las distintas plataformas existentes.
- Gestión de clientes. Digitalizar y optimizar la gestión de las relaciones con los clientes.
- Inteligencia empresarial. Mejorar la toma de decisiones mediante la realización de estudios y el análisis de datos.
- Oficinas virtuales. Implementar servicios que permitan mejorar la colaboración entre los trabajadores de la empresa.
- Gestión de procesos. Digitalizar procesos de negocio relacionados con aspectos operativos de la empresa.
- Factura electrónica. Digitalizar los flujos de emisión de facturas entre empresas y clientes.
- Comunicaciones seguras. Mejorar la seguridad de las conexiones entre los dispositivos de los empleados y los del propio negocio.
- Proveer de seguridad básica a los sistemas de la empresa.
¿De cuánto será el importe de los bonos de digitalización?
En función del tamaño de la empresa y de las soluciones que quiera poner en marcha el programa ha establecido diferentes importes para el Bono de digitalización. Los segmentos de asignación de ayudas a profesionales autónomos y empresas que el programa ha establecido son:
- Profesionales autónomos y empresas con menos de 3 empleados: cuantía máxima de bonificación de 2.000 €.
- Empresas y autónomos de entre 3 y 10 empleados: cuantía máxima de 6.000 €.
- Empresas de entre 10 y 50 trabajadores: importe máximo de 12.000 euros.
Estos importes deberán canjearse entre las soluciones que ofrezcan los agentes digitalizadores (empresas proveedoras) en el portal www.acelerapyme.gob.es.
La asignación de ayudas va en estricto orden de llegada hasta agotar los fondos.
A continuación se recogen las cuantías asignadas para cada solución.
¿Cuál es el procedimiento para emplear el bono digital?
El negocio beneficiario debe emplear el bono en la contratación de soluciones en un periodo inferior a seis meses, para ello tendrá que firmar un acuerdo con el agente que va a gestionar las soluciones de digitalización tal y como recogen las siguientes figuras:
¿Qué es el test de madurez digital?
Es un test de autodiagnóstico digital, de 13 preguntas, que te permite identificar en qué punto de madurez digital está tu negocio, a partir de los indicadores establecidos por el Índice de Economía y Sociedad Digital (DESI).
Además, te da una serie de recomendaciones, no vinculantes, para mejorar, que no influyen en el importe de la ayuda concedida.
¿Quiénes son los agentes digitalizadores y cómo participan en Kit digital?
Son las empresas que venden los productos y/o servicios que financiados por el bono de Kit Digital.
Primero deben registrarse en www.acelerapyme.gob.es o en la sede electrónica de Red.es.
El bono del programa Kit Digital sólo podrá utilizare con una empresa registrada.
Ya puedes consultar el listado actualizado de agentes digitalizadores a través de la página web de Acelera Pyme. En el portal también tienes información sobre las soluciones digitales que ofrece cada agente digitalizador, el sector de actividad al que se dirige, la zona geográfica en la que despliega la solución de digitalización y la página web con su oferta comercial.
Plazo de solicitud
Para la convocatoria de empresas entre 10 y 49 empleados/as:
El plazo de presentación de solicitudes es de seis (6) meses, computándose desde el 15 de marzo de 2022 a las 11:00 horas hasta el 15 de septiembre de 2022 a las 11:00 horas, de conformidad con el artículo 23.2.g de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en relación con el artículo 26.1 de la Orden de Bases. Este plazo concluirá antes si se agotase el crédito presupuestario establecido en el apartado tercero de la presente Convocatoria.